Cómo reclamar vicios ocultos, y a qué precio

En cualquier adquisición, especialmente en una vivienda, el comprador tiene el derecho de reclamar por esos defectos que no son visibles a simple vista

Conoces esa sensación de estreno. De comprar algo y disfrutarlo por primera vez, aunque sea de segunda mano. De tener en tu poder un bien que deseabas. Una sensación que se potencia cuando se trata de una vivienda, de tu hogar. Pero esa ilusión pronto puede irse al traste si se detectan vicios ocultos, por eso debes saber qué son, cómo reclamarlos, y a qué precio hacerlo.

Cómo reclamar vicios ocultos y a qué precio

El comprador, ya sea consumidor o particular (luego apuntaremos la diferencia) tiene el derecho de reclamar si detecta en su compra algún vicio oculto. Está amparado por el Art. 1484 del Código Civil que obliga al vendedor al “saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida”, y tiene especial relevancia en los casos no cubiertos por una garantía, es decir, la compraventa entre particulares, aunque también pueden darse con personas jurídicas o en caso de arrendamiento.

¿Qué tiene que pasar para existir vicio oculto? En primer lugar, ese defecto debe referirse a un fallo o rotura que no se aprecie a simple vista. Este punto tiene un matiz ya que si el comprador es experto (por ejemplo, un mecánico en el caso de un coche) la Justicia puede establecer un listón más alto ya que se supone que quien compra conoce bien el objeto.

En segundo lugar, el vicio debe ser determinante, tanto que de haberse conocido su existencia el comprador no lo hubiese adquirido, o lo habría hecho por menos valor. Y por último, ese vicio debe preexistir antes de la compra.

¿Cómo reclamar?

El comprador que detecte algún vicio oculto a posteriori tiene varias opciones. Por un lado puede ejercer acción redhibitoria lo que implica devolver ese objeto y recuperar su dinero. Incluso, si se considera que el vendedor obró de mala fe ya que conocía la existencia de esos fallos y aún así no lo indicó, se pueden exigir daños y perjuicios.

Otra segunda vía es la de, según el criterio de los peritos, rebajar el precio pagado por esa adquisición aceptando los vicios ocultos.

Con carácter general, para cualquiera de estos casos, el comprador dispone de seis meses para ejercer la reclamación ante la justicia. Estos plazos se amplían si se trata de una vivienda, pudiendo llegar incluso a los 10 años en caso de afectar a elementos estructurales.

¿Cuánto cuesta reclamar vicios ocultos?

El primer paso para reclamar estos vicios ocultos es contratar a un abogado que defienda los intereses del comprador. Y surge una duda: ¿cuál es el precio de este profesional?

Obviamente es fundamental tener la referencia del precio del bien. No es lo mismo reclamar por una lavadora, que hacerlo por un coche de gama alta, o por una vivienda. Según datos de Easyoffer, el precio de reclamar vicios ocultos está entre el 10% y el 20% del valor del bien, siendo el 15% el precio medio en este tipo de reclamaciones.

Es fundamental contar con un jurista porque la carga de la prueba recae sobre el comprador. Esto quiere decir que es quien adquiere esa propiedad el encargado de demostrar la existencia de vicios ocultos previos a la compra, mediante la recopilación de pruebas o el peritaje profesional.

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